|
La
Taxa Camarae es una tarifa promulgada en el año 1517 por
el papa León X (1513-1521) con el fin de vender indulgencias, eso
es perdonar las culpas, a todos cuantos pudiesen pagar unas buenas libras
al pontífice. Como veremos en la transcripción que seguirá,
no había delito, por horrible que fuese, que no pudiese ser perdonado
a cambio de dinero. León X declaró abierto el cielo para
quienes, clérigos o laicos, hubiesen violado a niños y adultos,
asesinado a uno o a varios, estafado a sus acreedores, abortado... pero
tuviesen a bien el ser generosos con las arcas papales. Veamos sus treinta
y cinco artículos.
| 1.- |
El eclesiástico que incurriere en pecado carnal, ya sea con
monjas, ya con primas, sobrinas o ahijadas suyas, ya, en fin, con
otra mujer cualquiera, será absuelto, mediante el pago de
67 libras, 12 sueldos.
|
| 2.- |
Si
el eclesiástico, además del pecado de fornicación,
pidiese ser absuelto del pecado contra natura o de bestialidad,
debe pagar 219 libras, 15 sueldos. Más si sólo hubiese
cometido pecado contra natura con niños o bestias y no con
mujer, solamente pagará 131 libras, 15 sueldos.
|
| 3.- |
El
sacerdote que desflorase a una virgen, pagará 2 libras, 8
sueldos.
|
| 4.- |
La
religiosa que quisiera alcanzar la dignidad de abadesa después
de haberse entregado a uno o más hombres simultánea
o sucesivamente, ya dentro, ya fuera de su convento, pagará
131 libras, 15 sueldos.
|
| 5.- |
Los
sacerdotes que quisieran vivir en concubinato con sus parientes,
pagarán 76 libras, 1 sueldo.
|
| 6.- |
Para todo pecado de lujuria cometido por un laico, la absolución
costará 27 libras, 1 sueldo; para los incestos se añadirán
en conciencia 4 libras.
|
| 7.- |
La mujer adúltera que pida absolución para estar libre
de todo proceso y tener amplias dispensas para proseguir sus relaciones
ilícitas, pagará al papa 87 libras, 3 sueldos. En
caso igual, el marido pagará igual suma; si hubiesen cometido
incesto con sus hijos añadirán en conciencia 6 libras.
|
| 8.- |
La absolución y la seguridad de no ser perseguidos por los
crímenes de rapiña, robo o incendio, costará,
a los culpables 131 libras, 7 sueldos.
|
| 9.- |
La absolución del simple asesinato cometido en la persona
de un laico se fija en 15 libras, 4 sueldos, 3 dineros.
|
| 10.- |
Si el asesino hubiese dado muerte a dos o más hombres en
un mismo día, pagará como si hubiese asesinado a uno
sólo.
|
| 11.- |
El marido que diese malos tratos a su mujer, pagará en las
cajas de la cancillería 3 libras, 4 sueldos; si la matase,
pagará 17 libras, 15 sueldos, y si la hubiese muerto para
casarse con otra, pagará además, 32 libras, 9 sueldos.
Los que hubieren auxiliado al marido a cometer el crimen serán
absueltos mediante el pago de 2 libras por cabeza
|
| 12.- |
El que ahogase a un hijo suyo, pagará 17 libras, 15 sueldos
(o sea 2 libras más que por matar a un desconocido), y si
lo mataren el padre y la madre con mutuo consentimiento, pagarán
27 libras, 1 sueldo por la absolución.
|
| 13.- |
La mujer, que destruyese a su propio hijo llevándole en sus
entrañas y el padre que hubiese contribuido a la perpetración
del crimen, pagarán 17 libras, 15 sueldos cada uno. El que
facilitare el aborto de una criatura que no fuere su hijo, pagará
1 libra menos.
|
| 14.- |
Por el asesinato de una hermano, una hermana, una madre o un padre,
se pagarán 17 libras, 5 sueldos.
|
| 15.- |
El que matase a un obispo o prelado de jerarquía superior,
pagará 131 libras, 14 sueldos, 6 dineros.
|
| 16.- |
Si el matador hubiese dado muerte a muchos sacerdotes en varias
ocasiones, pagará 137 libras, 6 sueldos, por el primer asesinato,
y la mitad por los siguientes. >>
|
|
|
|
| 17.- |
El obispo u abad que cometiese homicidio por emboscada, por accidente
o por necesidad, pagará para alcanzar la absolución,
179 libras, 14 sueldos.
|
| 18.- |
El que por anticipado quisiera comprar la absolución de todo
homicidio accidental que pudiera cometer en lo venidero, pagará
168 libras, 15 sueldos.
|
| 19.- |
El hereje que se convirtiese, pagará por su absolución
269 libras. El hijo del hereje quemado o ahorcado o ajusticiado
en otra forma cualquiera, no podrá rehabilitarse sino mediante
el pago de 218 libras, 16 sueldos, 9 dineros.
|
| 20.- |
El eclesiástico que no pudiendo pagar sus deudas quisiera
librarse de ser procesado por sus acreedores, entregará al
Pontífice 17 libras, 8 sueldos, 6 dineros, y se le perdonará
la deuda.
|
| 21.- |
La licencia para poner puestos de venta de varios géneros
bajo el pórtico de las iglesias, será concedida mediante
el pago de 45 libras, 19 sueldos, 3 dineros.
|
| 22.- |
El delito de contrabando y defraudación de los derechos del
príncipe costará 87 libras, 3 dineros.
|
| 23.- |
La ciudad que quisiera alcanzar para sus habitantes o bien para
sus sacerdotes, frailes o monjas, licencia de comer carne y lacticinios
en las épocas en que está prohibido, pagará
781 libras, 10 sueldos.
|
| 24.- |
El monasterio que quisiere variar de regla y vivir con menor abstinencia
que la que le estaba prescrita, pagará 146 libras, 5 sueldos.
|
| 25.- |
El fraile que por su mejor conveniencia o gusto quisiere pasar la
vida en una ermita con una mujer, entregará el tesoro pontificio
45 libras, 19 sueldos.
|
| 26.- |
El apóstata vagamundo que quisiere vivir sin trabas, pagará
igual cantidad por la absolución.
|
| 27.- |
Igual cantidad pagarán los religiosos, así seculares
como regulares, que quisieran viajar en trajes de laicos.
|
| 28.- |
El hijo bastardo de un cura que quiera ser preferido para desempeñar
el curato de su padre, pagará 27, 1 sueldo.
|
| 29.- |
El bastardo que quisiere recibir órdenes sagradas y gozar
beneficios, pagará 15 libras, 18 sueldos, 6 dineros.
|
| 30.- |
El hijo de padres desconocidos que quiera entrar en las órdenes,
pagará al tesoro pontificio 27 libras, 1 sueldo.
|
| 31.- |
Los laicos contrahechos o deformes que quieran recibir órdenes
sagradas y poseer beneficios, pagarán a la cancillería
apostólica 58 libras, 2 sueldos.
|
| 32.- |
Igual suma pagará el tuerto del ojo derecho; mas el tuerto
del ojo izquierdo pagará al Papa 10 libras, 7 sueldos. Los
bizcos pagarán 45 libras, 3 sueldos.
|
| 33.- |
Los eunucos que quisieran entrar en las órdenes, pagarán
la cantidad de 310 libras, 15 sueldos.
|
| 34.- |
El que por simonía quisiera adquirir uno o muchos beneficios,
se dirigirá a los tesoreros del Papa, que le venderán
ese derecho a un precio moderado.
|
| 35.-
|
El
que por haber quebrantado un juramento quisiere evitar toda persecución
y librarse de toda nota de infamia, pagará al Papa 131 libras,
15 sueldos. Además entregará 3 libras para cada uno
de los que le habían garantizado.
|
Para
la historiografía católica, sin embargo, el papa León
X, autor de una muestra de corrupción tan infinita como la que
acabamos de leer, pasa por ser el protagonista de "la historia del
pontificado más brillante y quizá más peligroso de
la historia de la iglesia".
TAXA CAMARAE, causante del protestantismo entre otras llamadas
herejías (cfr Dacio J 1963) Op cit, p 155. El libro lleva el
imprimase de la Iglesia Católica, tras pasar su censura).
(*).
|