CHANTAJE AL ARQUITECTO

POR FIRMAR ESTOS 10 PUNTOS QUE DEFOR-MABAN Y MUTILABAN LA VERDAD, EL CURA DABA 8 MILLONES Y NO LOS 13.497.874 PTAS. SOLICITADOS OFICIALMENTE POR EL COAM DESDE EL 12-06-1.999, Y ASÍ TRATAR DE INOCENTARSE PÚBLICAMENTE.

RECTIFICACIONES AL FAX ENVIADO POR JESÚS HIGUERAS ESTEBAN A FERNANDOHIGUERAS DIAZ, A TRAVES DE FELIX HERNANDEZ TAPIAS, QUE DEFORMABA Y MUTILABA LA VERDAD.

FAX RECIBIDO COMO CHANTAJE

1 En Pozuelo de Alarcón a 31 de Enero del año dos mil, se reúnen Don FERNANDO HIGUERAS DIAZ, Arquitecto, colegiado nº 1.349, del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (C.O.A.M.), con estudio en la Avda. de América nº 14, en Madrid, y DON JESÚS HIGUERAS ESTEBAN, Presbítero, párroco de Santa María de Caná, sita en la Avda. de Europa nº 8, en Pozuelo de Alarcón, con la intención y deseo –por parte de ambos- de resolver definitiva y amistosamente, las diferencias que se han producido entre los mismos con ocasión de las obras de construcción del Centro Parroquial de Santa Maria de Caná, sito en la Avda. de Europa nº 8, en Pozuelo de Alarcón (Madrid), restableciendo los lazos familiares que les unen y, a tal fin, ambos hacen constar:

2 Que Don Jesús Higueras, al ser nombrado párroco de Santa María de Caná, y tener que abordar la construcción del Templo, conociendo ampliamente la trayectoria profesional y prestigio de su tío Don Fernando, encargó a éste la confección del proyecto arquitectónico del mismo, indicándole las líneas fundamentales a tener presente, tanto en lo concerniente a su funcionalidad como a su coste, dado que las obras no deberían exceder, en ningún caso, de los límites establecidos por el Arzobispado de Madrid, máxime cuando la financiación de las mismas iba a ser asumida por los propios feligreses, mediante suscripciones bancarias y donativos.

3 Confeccionado el proyecto técnico, la Parroquia de Santa María de Caná realizó un concurso para su realización, invitando a catorce empresas, de reconocida categoría y solvencia, que ofertaron la construcción por un importe medio de ejecución material del orden de 280 millones de pesetas, sendo adjudicadas definitivamente las obras a la empresa CONSTRUCCIONES ANGEL BELTRÁN S.A. (C.A.B.B.S.A.), en la cifra de 258.432.819,. Ptas. de ejecución material, más el 16% de gastos generales, todo ello con la conformidad de Don Fernando Higueras, según consta en las Actas de Adjudicación de Obra, suscritas en el Arzobispado de Madrid el 18 de Marzo y 23 de Junio de 1.997.

4 Al día siguiente se formalizo el pertinente contrato de ejecución de obras con la Empresa antes reseñada, estableciendo un plazo de ejecución de dieciséis meses a partir de la fecha de iniciación, que tuvo lugar el 4 de Agosto de 1.997.

5 Que  en  el  transcurso de la ejecución de las obras, Don Fernando Higueras Díaz fue introduciendo modificaciones y variaciones en el proyecto original que -aun aceptando que un gran número de ellas podían obedecer a su deseo de mejorar y embellecer el Tempo- motivaron un notable aumento en el coste delas mismas y gran retraso en la terminación de la construcción.

6 Esta conducta del Sr. Higueras Díaz dió lugar a que los feligreses que integraban el Consejo Económico, el Consejo Pastoral y la Junta de Construcción de la Parroquia, mantuvieran reiteradas reuniones –incluso con el propio Arquitecto- encaminadas todas ellas a que no se realizasen más modificaciones del Proyecto original, para evitar aumentos de coste, y no demorar el plazo de terminación de la construcción.

7 A finales del año 1.998 dichos Consejos, manifestaron, al párroco Don Jesús Higueras, su contrariedad por los hechos reseñados en el párrafo anterior, y a principios del año 1.999, se vieron precisados de trasladar al Arquitecto Don Fernando Higueras, los acuerdos adoptados en las sesiones celebradas los días 21 de Febrero y 10 de Mayo de 1.999, en las que ante l imposibilidad de hacer frente al coste total que supondría la ejecución completa del Complejo Parroquial, se especificaban y detallaban las obras imprescindibles para abrir al culto el Templo, teniendo en cuenta la tesorería de que se podría disponer.

8 Ante la actitud del Arquitecto Don Fernando Higueras, quien hizo caso omiso de tales comunicaciones, e informado ampliamente el Arzobispado de Madrid, de la situación producida con tal conducta y de acuerdo con sus indicaciones, los Consejos Parroquiales, antes reseñados, en la reunión celebrada el 12 de Junio de 1.999, tuvieron que adoptar el acuerdo –amparado en la legislación vigente- de que la Parroquia de Santa María de Caná optase por la resolución del contrato suscrito en su día con dicho profesional, que sería sustituido por otro consensuado con el citado Arzobispado. Dichos acuerdos deberían ser notificados por el Párroco Don Jesús Higueras al interesado, al Arzobispado de Madrid, al Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid y a la constructora C.A.B.B.S.A., todo lo cual fue cumplido escrupulosamente por dicho Presbítero.

9 Que, con posterioridad a los hechos reseñados, se han producido por el Sr. Higueras Díaz una serie de manifestaciones y actuaciones ante Organismos, Autoridades, Medios de Comunicación, etc., que distorsionaron la verdadera realidad de los hechos sucedidos, creando un clima de confusión y malestar que ha podido producir perjuicios de difícil reparación, que los que suscriben, actuando con la mayor buena fe y voluntad, desean dejar zanjados totalmente, máxime cuando, en esta misma fecha, ambas partes han llegado a un acuerdo definitivo y formal –que ponen en conocimiento del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid- para la liquidación total de los honorarios pendientes de abonar al Arquitecto Sr. Higueras, y que en el día de hoy han quedado definitivamente fijados a plena conformidad de las partes interesadas.

10 Y, para constancia de todo lo anterior suscriben el presente documento, en dos ejemplares y a un solo efecto, en el lugar al principio indicado, del que podrán hacer uso -en forma, modo y tiempo- que estimen oportuno.

Fdo: Fdo:
Fernando Higueras Díaz Jesús Higueras Esteban
Arquitecto Párroco de Sta María de Caná


Sr. Don
Félix Hernández Tapias
Madrid, 7 -II- II mil

Querido Félix:

      
Recibidos por fax los 10 puntos para ser firmados por D. Jesús Higueras Esteban y por mi a cambio de entregarnos 8 kilos de M. Te los faxeo con "ligeras correcciones" a los mismos, que lo acercan más a las profundas y auténticas razones de los lamentables hechos ocurridos hasta ahora y que no han hecho nada más que comenzar.
       Un abrazo de,

P.D. No hay dinero en el mundo para que firme el chantaje faxeado. Esto seria vergonzoso que lo hicierais en nombre del Arzobispado.
FAX CONTESTADO CON CARTA ABIERTA

1En Pozuelo de Alarcón a 16 de Febrero del año 2.000, se reúnen DON FERNANDO HIGUERAS DIAZ, Arquitecto, colegiado núm. 1.349, del Colegio Oficial de Arquitectos de Madrid (C.O.A.M.), con estudio en la Avda. de América nº. 14, en Madrid, y DON JESUS HIGUERAS ESTEBAN, Presbítero, Párroco de Santa María de Caná, sita en la Avda. de Europa nº. 8, en Pozuelo de , con la intención y deseo -por parte de ambos- de resolver definitiva y amistosamente, las diferencias que se han producido entre los mismos con ocasión de las obras de construcción del Centro Parroquial de Santa María de Caná, sito en la Avda. de Europa nº 8, en Pozuelo de Alarcón (Madrid), restableciendo los lazos familiares que les unen y, a tal fin, ambos hacen constar:

2 Que Don Jesús Higueras, al ser nombrado Párroco de Santa María de Caná, y tener que abordar la construcción del Templo, conociendo algo la trayectoria de su tío Don Fernando a través de su padre aparejador Jesús Higueras Díaz, obedeció a éste y le encargó a su tío la confección del proyecto arquitectónico y dirección del mismo, indicándole el programa que después de comenzadas las obras, con un presupuesto de 299.782.070.- pesetas establecido, exclusivamente por el párroco y la constructora, sin la aprobación del arquitecto, que consideró insuficiente para los más de 4.000 m2 como así el plazo, que no podía fijarse por el párroco al depender de las cambiantes aportaciones de los propios feligreses mediante suscripciones bancarias y donativos, el párroco aumentó el programa y superficies después de comenzadas las obras.

3 Confeccionado el proyecto técnico, la Parroquia de Santa María de Caná realizó un concurso para su ejecución, invitando a catorce empresas, de reconocida categoría y solvencia, que ofertaron la construcción por un importe medio de ejecución material, al parecer, del orden de 280 millones de pesetas, siendo adjudicadas definitivamente las obras a la empresa CONSTRUCCIONES ANGEL B. BELTRAN S.A. (C.A.B.B.S.A.), en la cifra total de 299.782.070.- pesetas ya que las 13 constructoras restantes se retiraron probablemente al comprobar las falsas mediciones y precios que impedían concluir las obras según planos por menos de 576.000.000.- pesetas que a ojo salen de aplicar a 4.145 m2 precios mínimos de la Comunidad de Madrid. Esta adjudicación del párroco a CABBSA se hizo sin el arquitecto según consta en las actas de Adjudicación de Obra, suscritas en el Arzobispado de Madrid el 18 de Marzo y 23 de Junio de 1.997, sin aceptar ni firmar por Fernando Higueras Díaz ni Jesús Higueras Díaz como puede verse en el único contrato que tiene el arquitecto de fecha 20 de Junio de 1.997 y que fue enviado por éste a Su Eminencia.

4 El plazo de ejecución de 16 meses tampoco lo autorizó ni firmó el arquitecto por ser función de los variables donativos y limosnas que no permitían casi nunca más de 8 cuadrillas de albañiles.

5 ¡FALSO! Que en el transcurso de las obras, Don Jesús Higueras Esteban fue introduciendo aumentos en el programa del Proyecto original que motivaron aumento en el coste de las mismas y retraso la terminación de la construcción. Fue el párroco quien aumentó:
2 viviendas más a las 2 previstas.
6 aulas-almacenes más a las 8 previstas.
3 tramos de escaleras más a los 3 previstos para acceder al patio de butacas del salón de actos al hundir éste, con lo que se deterioraron los 3 accesos al salón interceptados por los 6 pilares adyacentes, al mismo tiempo que se destruyó la buena visibilidad al escenario.

Estos cambios los realizó el párroco en una ausencia del arquitecto.

LAS MODIFICACIONES INTRODUCIDAS POR FERNANDO HIGUERAS DÍAZ fueron, como es su norma, para tratar de simplificar, mejorar y abaratar el mal medido y valorado proyecto y son entre otras las siguientes:
Los muros de 25 cms. de ladrillo macizo se cambiaron por otros de 12 cms. De la mitad de precio y mitad de tiempo de construcción.
Se suprimió una de las 2 pasarelas que unen las 2 torres.
Se suprimieron 20 + 8 = 28 bóvedas voladas del cimborrio.
Se suprimieron los 3 historiados y bellos frontones de las 3 capillas.
Se suprimió el forjado de casetones por uno liso sobre Planta Baja, más barato.
Se suprimieron 4 pilares en los 4 claustros y 64 m2 de cubiertas en porches.
Se sustituyeron los pilares metálicos de la nave más caros y rápidos por otros de hormigón más económicos y lentos.
Se suprimieron las tabiquillas y gran lucernario del cimborrio ahorrando más de 2 millones y tiempo de ejecución.
Se suprimió el gran muro de separación entre la misa de diario y la de festivos.
Se suprimió el gran arco de coronación de 12 metros de diámetro sobre el gran muro suprimido.
Se suprimió la gran cristalera entre el gran muro construido y su arco superior.
Se suprimieron las 2 puertas de acceso entre misa de diario y festivos.
Se suprimió el presbiterio de misa de diario.
Se suprimieron los 95,76 m2 del lucernario grande, que a 57.900 pesetas dan 5.544.504 pesetas.(Partida 5.2 del Contrato de Cabbsa y el párroco).
Se suprimieron 3 unidades de EPE a 111.294 pesetas, que dan 333.882 pesetas.(Partida 5.3 del mismo Contrato). Se suprimieron las tabiquillas del lucernario grande, 2.688.621 pesetas.(Partida 5.4 del mismo Contrato).
Se suprimió la cúpula de 144 m2 a 36.583 m2, dan 5.267.952 pesetas.(Partida 5.5 del mismo Contrato).
Se suprimieron las 3 cúpulas de las capillas de 48 m2 totales a 25.151 pesetas/m2, dan 1.207.248 pesetas.(Partida 5.6 del mismo Contrato).
Se suprimió la gran bóveda del techo del coro de 96 m2 a 29.289 pesetas/m2, dan 2.811.744 pesetas.(Partida 5.7 del mismo Contrato). ESTAS 6 ULTIMAS PARTIDAS COSTABAN UN TOTAL DE 17.853.951 PESETAS (DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTAS CINCUENTA Y TRES MIL NOVECIENTAS CINCUENTA Y UNA PESETAS), y se redujo considerablemente por el sistema de trompas actuales (los 3 conjuntos de trompas de las 3 capillas 4x4x3=48 trompas, se realizaron en 24 días de Agosto por sólo las 2 cuadrillas de Rafa y Jesús).
Se aumentó ligeramente la superficie en planta de las torres para poder albergar las escaleras de las dimensio-nes exigidas por el Ayuntamiento y como consecuencia, para mantener la proporción, se subió la altura de las torres dentro de las ordenanzas municipales.

6 Esta conducta correcta del Sr. Higueras Díaz dio lugar a que los representantes de los feligreses que integraban el Consejo Pastoral de la Parroquia, mantuvieran torpes reuniones, incluso con el arquitecto, encaminadas todas ellas a que no se realizasen más modificaciones al Proyecto original, para evitar aumentos de coste y no demorar el plazo de terminación, sin saber que de haberse mantenido el proyecto original sin modificaciones habría salido más caro y en más tiempo.

7 A finales el año 1.998 el Consejo Parroquial formado por los 12 representantes de los feligreses que estos no eligieron y sin ningún arquitecto, de los muchos que habrían podido tener y con un solo aparejador, que nunca se dio cuenta de que el proyecto original estaba corto de mediciones, presupuesto y plazo, y que de haberse atenido el arquitecto a él, como pedía, habría salido más caro por ser más complicado; este Consejo manifestó "al parecer" a D. Jesús Higueras los hechos cuyas razones ignoraban, trasladando al arquitecto los acuerdos del 21 de Febrero y 10 de Mayo de 1999 en los que especificaban y detallaban las obras imprescindibles para abrir al culto el templo teniendo en cuenta la tesorería, que había aumentado en 88 millones, de que se podía disponer. Entre otros disparates pedían parar las torres a cota +17 con un ahorro de 7.000.000.- pesetas y en cambio colocar un horrible pavimento de 13.000.000.- pesetas. El arquitecto contestó que: él era el único que debiera administrar el dinero sin obedecer los disparates pedidos que mutilaban la iglesia aumentando su costo en 13 - 7 = 6 millones.

8 ¡FALSO! Ante la actitud del arquitecto D. Fernando Higueras, quien exigió por escrito el motivo de la conversación solicitada por el consejero D. Félix Hernández Tapias, como siempre hacía el arquitecto a diario para informar, ya que las anteriores razones del párroco es que había contratado 7 bodas para Abril por su cuenta y riesgo y luego que Su Eminencia sólo tenía el día 24 de Junio para la inauguración de la iglesia, e informado falsamente el Arzobispado sólo por el párroco, sin permitir al arquitecto hacerlo; en la reunión del 12 de Junio de 1.999, el párroco tras una reprimenda que le propinó su tío por no respetar lo acordado con su padre Don Jesús Higueras Díaz, aparejador de la obra y hermano del arquitecto, tras ordenarse la paralización de las torres sin hacerlo a través de la dirección técnica, como era lo reglamentario. La misma noche de esta reprimenda y, "al parecer", sin tiempo para informar a nadie, el obediente consejo impulsado por el párroco amparado por una ley no vigente de 1.997, posterior a la de fecha junio 1.996, establecida entre párroco y arquitecto con una cláusula especialísima de seguridad para esta obra que desconocían entonces y que dice: "LA PROPIEDAD NO PODRÁ EN NINGÚN CASO ALTERAR O CAMBIAR LOS PLANOS DE PROYECTO DURANTE LA CONSTRUCCIÓN DE LAS OBRAS NI DEPUÉS DE LAS MISMAS, SI NO ES A TRAVÉS Y CON EL CONSENTIMENTO ESCRITO DEL ARQUITECTO AUTOR DEL PROYECTO; QUE NO DELEGARÁ LA DIRECCIÓN O FUTURAS ACTUACIONES EN ESTE EDIFICIO SALVO MUERTE O FUERZA MAYOR QUE LE OBLIGUE A ELLO" y la final "J", que dice: "TODA CUESTIÓN O DIVERGENCIA QUE PUEDA SUSCITARSE EN RELACIÓN CON EL PRESENTE CONTRATO, SERÁ SOMETIDA A LOS JUZGADOS Y TRIBUNALES DE MADRID CON LA RENUNCIA EXPRESA DE LOS FIRMANTES A CUALQUIER OTRO TRIBUNAL". A pesar de esto el párroco sustituyó unilateralmente al arquitecto autor y director de las obras a falta de 7 semanas para la terminación provisional, por una arquitecta que fue unánimemente desautorizada por el Tribunal Profesional de arquitectos, "todo lo cual fue escrupulosamente incumplido por dicho presbítero" apoyándose en la fuerza bruta de 3 de sus incondicionales consejeros que prohibieron por la fuerza el trabajo al único arquitecto legal autorizado por el Tribunal Profesional del COAM. A los 3 terroristas denunciados por mi el 21-XI-1999 y juzgados el 16-X-2001, les retiré mi denuncia tras quedar constancia de ella, por considerarlos engañados por el párroco Posteriormente la mafia del cura existente en 2 arquitectos del COAM, trató de ayudarle lamentablemente con las consiguientes denuncias-querellas preparadas contra ellos por daños de todo tipo a la obra y personas perjudicadas.

9 Que, con posterioridad a los hechos reseñados se han producido por el Sr. Higueras Díaz y otras muchas personas de sobrada solvencia moral y práctica católica, una serie de manifestaciones y actuaciones, por escrito y firmadas ante Organismos, Autoridades, Medios de Comunicación, etc., debido al silencio dado por respuesta a las cartas al Párroco, Consejeros Parroquiales y Arzobispado que se les envió y que aclaran la verdadera realidad de los hechos sucedidos, creando un clima de claridad, transparencia y lógico malestar al párroco que ha producido perjuicios de difícil reparación al arquitecto, a su obra y trabajo ejemplar, por lo que el párroco, actuando de buena fe, reconoce sus errores y daños causados a su padre, a su tío y, sobre todo, a la pobre sacrificada iglesia de Santa María de Caná, al Arzobispado y a la Santa Madre Iglesia, con su injusta actuación visceral que antepuso a los intereses de los demás.

10 Y, para que así conste y a los efectos oportunos firman el presente escrito en esta misma fecha ambas partes, que han llegado a un acuerdo formal que ponen en conocimiento del COAM, para el pago a cuenta de honorarios pendientes, con los correspondientes intereses por retrasos, de las minutas que obran en el mencionado COAM, legalizadas por el mismo a plena conformidad de las partes interesadas.

Fdo: Fdo:
Fernando Higueras Díaz Jesús Higueras Esteban
Arquitecto Párroco de Sta María de Caná



RESUMIENDO:

EL PÁRROCO TRATÓ Y CONSIGUIÓ, POR AHORA, DESVIAR Y CULPAR A SU "SUPERIORIDAD" Y AL ARQUITECTO DE ERRORES Y DELITOS DEBIDOS A SU IGNORANCIA EN TEMAS DE ARQUITECTURA, A SU ORGULLO, SOBERBIA Y VOMITIVA VENGANZA QUE EN MODO ALGUNO PODRÁN QUEDAR INMUNES INDEFINIDAMENTE.


NOTA:
Estas correcciones coinciden con la realidad, deformada y mutilada en los 10 puntos enviados en fecha 31-1-2000 por el párroco, faxeados a través del D. Félix Hernández Tapias, exigiendo la firma previa del arquitecto para tratar de inocentar al párroco, a cambio de los honorarios por ellos propuestos , y no los exigidos por el COAM: 13. 497.874.- pts.(inferiores a los reales) .Al no haber aceptado el arquitecto este chantaje, su estudio no ha cobrado cantidad alguna de los honorarios reclamados oficialmente desde Julio de 1.999, con los consiguientes daños materiales, entre otros muchos más graves.
Madrid, Marzo de 2.001 y Marzo de 2.002.